Si ya tienes una LLC, o estás a punto de abrirla, y vives en España, la pregunta que importa es la de cada año: qué tienes que declarar aquí y qué pasa si no lo haces bien. Buena parte de lo que circula en internet responde con un “0% de impuestos”. Ese número puede ser cierto en Estados Unidos y no tiene nada que ver con lo que te va a pedir Hacienda.
La respuesta corta: si eres residente fiscal en España, lo que gana tu LLC se declara aquí. Cómo se declara depende de cómo se califique la LLC y de desde dónde se dirija, y ninguna de las dos cosas es automática. En esta página tienes qué se mira, qué obligaciones aparecen y el calendario de los dos países.
¿Eres residente fiscal en España?
Todo empieza aquí. En el régimen común, los residentes fiscales en España tributan en el IRPF por su renta mundial. La residencia se determina por los criterios legales de permanencia (más de 183 días en el año natural, con las reglas sobre ausencias esporádicas) y de intereses económicos. Hay además una presunción ligada al cónyuge y a los hijos menores que viven en España, y, si también eres residente en otro país, hay reglas para desempatar que conviene revisar con un asesor. Constituir una LLC no cambia ese resultado.
Si vives fuera de España de forma real y estable, el análisis es otro y depende de tu nuevo país. Esta página es para quien vive aquí, en territorio común.
¿Qué decide cómo tributa tu LLC en España?
Dos preguntas distintas, que se analizan juntas.
1. ¿Cómo se califica la LLC? Una LLC no tiene un equivalente exacto en el derecho español, y la DGT la analiza caso por caso (por ejemplo, en las consultas vinculantes V1382-25 y V5588-26, sobre LLC de un solo socio). La Dirección General de Tributos fijó en su Resolución de 6 de febrero de 2020 cuándo una entidad extranjera se trata como entidad en régimen de atribución de rentas:
- no tributa por un impuesto personal sobre la renta en el Estado donde se constituyó;
- su renta se atribuye fiscalmente a los socios aunque no se reparta;
- y esa renta conserva la naturaleza de la actividad o la fuente de la que procede.
Hay que probar esas características para tu LLC concreta: cómo tributa en EE.UU. (si no eligió tributar como corporación) y cómo atribuye su renta. Tener un solo socio no basta para resolverlo.
Si se califica como entidad en atribución, incorporas en tu IRPF la renta que te corresponda, calculada con las reglas fiscales españolas, aunque no la retires de la cuenta. Esa renta conserva su naturaleza: para un consultor que trabaja desde España suele ser actividad económica, pero también puede haber rendimientos del capital o ganancias, según de dónde venga.
2. ¿Desde dónde se dirige? Si la dirección y el control efectivo del conjunto de la actividad de la LLC están en España, eso puede hacer que la entidad sea residente fiscal española (art. 8 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades). Antes de concluir qué impuesto corresponde a la LLC y a ti, residencia y calificación se miran juntas. Es la pregunta que más preocupa a los asesores cuando todo el negocio se lleva desde un piso en España.
Si la LLC se tratara como entidad opaca y no residente, habría que comprobar además si se dan los requisitos de la transparencia fiscal internacional: entre otros, control de al menos el 50% y una tributación en el extranjero inferior al 75% de la española de referencia. Ese régimen puede imputarte determinadas rentas aunque no se repartan, e incluso, salvo excepciones, la renta total cuando la entidad no tiene medios materiales y personales propios.
| Pregunta | Por qué importa | Qué hay que documentar |
|---|---|---|
| ¿Reúne la LLC las características de una entidad en atribución? | Decide si la renta se incorpora en tu IRPF cada año | Cómo tributa la LLC en EE.UU. y cómo atribuye su renta |
| ¿Se dirige desde España? | Puede hacer residente española a la entidad | Dónde se toman las decisiones, quién firma, dónde están los clientes y los medios |
| Si es opaca, ¿se dan los requisitos de la transparencia fiscal internacional? | Puede imputarte rentas sin reparto | Control, tipo de rentas, tributación en EE.UU. y medios de la LLC |
¿Qué impuestos y obligaciones aparecen en España?
IRPF. Con la calificación de entidad en atribución, la renta se calcula con las reglas españolas, no copiando el beneficio contable estadounidense ni lo que retiraste. Un gasto es deducible si está vinculado a la actividad, está justificado y cumple sus reglas; no basta con el nombre del gasto ni con que figure en el extracto de la tarjeta de la LLC. Mezclar gastos personales, además, debilita la separación patrimonial que te da la LLC.
Otras obligaciones de la entidad. Las entidades en atribución tienen obligaciones propias, como el modelo 184, una declaración informativa anual sobre las rentas que atribuyen (art. 90 LIRPF; AEAT: obligaciones de la entidad). Si la entidad es extranjera, la presentan sus socios residentes en España. En una entidad extranjera hay que determinar quién las cumple y con qué alcance. Si la renta es de actividad económica, revisa también los pagos fraccionados (por ejemplo, el modelo 130): no todo se regulariza una vez al año.
Seguridad Social (RETA). Crear una LLC no elimina el alta ni la cotización que correspondan por el trabajo que haces desde España. El encuadramiento depende de tu actividad real, de su habitualidad y de tus funciones y control en la empresa (art. 305 de la Ley General de la Seguridad Social). La mera inversión, sin trabajo, no produce por sí sola el alta.
IVA. Depende del servicio, de si el cliente actúa como empresario y de qué establecimiento presta y recibe el servicio. En los servicios entre empresas que siguen la regla general, si el cliente recibe el servicio en su establecimiento fuera del territorio del IVA español, puede no haber IVA español por localización. Eso es “no sujeto”, no “exento”. Con particulares, con servicios sujetos a reglas especiales o si la LLC opera desde un establecimiento en España, el análisis es otro.
Modelo 720. Si hay obligación, los bienes y derechos en el extranjero de 2026 se informan entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027 (AEAT: modelo 720). Tres reglas para una LLC:
- Los límites de 50.000 euros se calculan por bloques: cuentas; valores, derechos y participaciones; inmuebles. No hay un único límite sobre todo tu patrimonio exterior.
- La cuenta de la LLC en EE.UU. puede obligarte a ti si eres autorizado, tienes poder de disposición o eres su titular real, aunque la titular formal sea la LLC. Se miran dos cifras de la cuenta: el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre.
- Tu participación en la LLC se examina por separado, en el bloque de valores. La atribución de rentas en el IRPF no decide por sí sola qué activos informas.
El régimen sancionador especial del 720 se eliminó en 2022 (Ley 5/2022); la obligación y las sanciones generales siguen.
Modelo 721. Si la LLC tiene criptomonedas custodiadas por terceros en el extranjero, hay que revisar el 721 según quién es el obligado, el tipo de custodia y los límites. Tenerlas a través de una LLC no resuelve por sí solo tu obligación personal.
¿Cómo se declara, paso a paso?
- Cierra el año de la LLC. Ingresos, gastos, saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el promedio del último trimestre.
- Calcula la renta con las reglas españolas y por su fuente: actividad, capital o ganancias.
- Convierte a euros con la regla que corresponda a cada caso. El IRPF, el 720 y el FBAR no usan necesariamente el mismo tipo de cambio. Guarda la fuente del cambio, la fecha y el cálculo.
- Revisa el 184, los pagos fraccionados y el 720/721, que tienen sus propios plazos.
- Declara en el Modelo 100. Las rentas de 2026 se declaran en 2027, dentro del plazo oficial que se establezca para esa campaña. La renta atribuida se consigna según su fuente y el régimen aplicable, identificando la entidad y tu participación, con las instrucciones oficiales de ese ejercicio.
- Guarda la documentación de los dos países: el 5472 presentado en EE.UU., los extractos, las facturas y los cálculos.
Si tu gestoría no ha trabajado nunca con una LLC, pregúntale antes de empezar. La entidad es extranjera, y la calificación es justo la parte que no conviene improvisar.
Un ejemplo, paso a paso
Caso ilustrativo, no de un cliente real. Una diseñadora que vive en Valencia abre una LLC de un socio en Wyoming, que no elige tributar como corporación, y presta servicios de diseño a dos agencias, una en Miami y otra en Ciudad de México, que los reciben en sus oficinas. En 2026 la LLC cobra el equivalente a 48.000 euros y tiene 6.000 euros de gastos vinculados a la actividad. Deja 20.000 euros en su cuenta de EE.UU., sobre la que ella tiene poder de disposición, y no tiene otras cuentas ni bienes en el extranjero.
- En Estados Unidos: como trabaja desde España, sus servicios no son renta de fuente estadounidense, y la LLC no paga impuesto federal. Como hubo operaciones con su dueña (aportaciones y retiros), presenta el 5472 con el 1120 pro forma antes del 15 de abril de 2027 y su informe anual en Wyoming.
- En España, si la LLC se califica como entidad en atribución: incorpora en su IRPF de 2026 el rendimiento de actividad calculado con las reglas españolas. En este ejemplo partimos de 42.000 euros (48.000 − 6.000), aunque 20.000 se quedaron en la cuenta de EE.UU. Además, hay que revisar el 184 y los pagos fraccionados.
- Autónomos: como trabaja desde casa de forma habitual, lo normal es que su alta en el RETA siga.
- IVA: suponiendo servicios de diseño sujetos a la regla general entre empresas y recibidos por establecimientos fuera de la UE, no se repercute IVA español por localización.
- 720: la cuenta tiene 20.000 euros a 31 de diciembre y un saldo medio del último trimestre también por debajo de 50.000, así que por la cuenta no le toca. Su participación en la LLC se valora y se examina aparte, en el bloque de valores.
El resultado: la LLC no le quitó obligaciones en España. Lo que le dio fue poder cobrar en dólares a clientes que solo contratan con empresas de EE.UU. Ese es el uso honesto de la LLC.
¿Cuáles son los errores más comunes?
- No declarar porque “el dinero está en Estados Unidos”. Si la LLC se califica como entidad en atribución, la renta se incorpora igual. Es el error más frecuente y el que más caro sale en una revisión.
- Pensar que solo hay que presentar la renta. Pueden existir el 184, los pagos fraccionados, el 720 o el 721 y el IVA.
- No presentar el 5472. Como la LLC “no paga”, se olvida, y la penalidad inicial es de US$25.000.
- Dar por hecho que te ahorras la cuota de autónomo. Depende de lo que haces, no de quién factura.
- Deducir gastos personales con la tarjeta de la LLC. No son deducibles, y además mezclan tu patrimonio con el de la empresa.
- Dirigir la LLC desde España sin pensarlo. Si todas las decisiones, firmas y clientes están aquí, aumenta el riesgo de que se la considere residente.
- Usar los avisos viejos del Modelo 720 como si siguieran vigentes. El régimen sancionador especial se eliminó en 2022; la obligación de informar y las sanciones generales siguen.
¿Qué te puede pedir Hacienda si revisa tu declaración?
Si te llega un requerimiento, lo normal es que pidan entender qué es la LLC y de dónde salen las cifras. Conviene tener a mano, por cada año:
- Los documentos de constitución (Articles of Organization y Operating Agreement), el EIN y cómo tributa la LLC en EE.UU.
- Los extractos de las cuentas de la LLC y el cálculo de ingresos y gastos.
- Las facturas emitidas y recibidas.
- El 5472 y el 1120 pro forma presentados, con su acuse.
- La fuente y la fecha de cada tipo de cambio que usaste.
Con eso, una revisión es un trámite. Sin eso, la discusión pasa a ser qué es tu LLC, y es la conversación que menos te conviene tener.
¿Y en Estados Unidos qué se presenta?
En España tributas tú; en Estados Unidos, tu LLC informa. Si es una LLC de un socio extranjero y tuvo operaciones declarables con su dueño, presenta cada año el formulario 5472 con un 1120 pro forma (instrucciones del 5472). Para 2026, el plazo ordinario calculado es el 15 de abril de 2027, con prórroga posible mediante el formulario 7004. No presentarlo puede generar una penalidad inicial de US$25.000. Si la LLC tiene dos o más socios y tributa como partnership, presenta el 1065; su vencimiento ordinario calculado para 2026 es el 15 de marzo de 2027. Además, cada estado pide lo suyo. El detalle está en nuestra guía para abrir una LLC desde España.
| Estados Unidos | España | |
|---|---|---|
| 1 ene – 31 mar 2027 | 1065 de las LLC con varios socios (15/3, plazo calculado) | Modelos 720 y 721 de 2026, si hay obligación |
| Abril de 2027 | 5472 + 1120 pro forma (15/4, plazo calculado) | |
| 2027, en el plazo oficial que se publique | Declaración de la renta de 2026 | |
| Durante el año | Obligaciones del estado (Delaware el 1/6; Wyoming el primer día del mes de aniversario) | Pagos fraccionados y cuota de autónomo, si corresponden |
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pasar el dinero a España para tributar? No, si la LLC se califica como entidad en atribución: la renta se incorpora aunque el dinero siga en la cuenta de EE.UU.
¿Es legal tener una LLC viviendo en España? Sí. Lo que no es legal es dejar de declarar lo que corresponde.
¿La LLC me ahorra impuestos en España? No hay un ahorro automático. La LLC te da acceso a clientes, plataformas y cobros en dólares; el resultado fiscal en España depende de su calificación, de tu actividad y de desde dónde la diriges, y suma el costo de cumplir en dos países.
¿Qué hago si no declaré mi LLC en años anteriores? Revisa cada ejercicio y cada obligación con un asesor antes de presentar nada. Según el caso puede proceder una declaración original fuera de plazo, una autoliquidación rectificativa o una complementaria. Los recargos y otras consecuencias dependen, entre otras cosas, de si ya existe un requerimiento.
¿Necesito un contador en cada país? Necesitas a alguien que entienda los dos lados. En la práctica suele ser un equipo para el IRS y una gestoría en España que conozca las LLC.
Tu LLC en regla en los dos países, con Firmaway
Lo que más se rompe es la coordinación: el 5472 que nadie presentó, el 720 que se olvidó o la gestoría que nunca vio una LLC. En Firmaway llevamos la parte de Estados Unidos (5472, obligaciones del estado, agente registrado) y trabajamos con contadores en España que conocen la figura, así las dos declaraciones dicen lo mismo.
Si tienes una LLC y no sabes si está al día, agenda una asesoría gratuita. Revisamos qué se presentó, qué falta y en qué orden conviene ponerse al día.