En la vida se dice que es mejor prevenir que curar, y los negocios no son una excepción a esta regla. Aplica incluso cuando se trata de imprevistos indeseados, como la muerte.
Por eso, como dueño de una empresa, parte de tus responsabilidades implica anticiparte a esta situación. Tal vez te preguntes si es posible que tus herederos tengan derecho sobre la propiedad de tu empresa o no si no estás presente. O tal vez estés pensando en cómo realizar sucesiones de empresas familiares o asuntos relacionados. En definitiva ¿Qué pasará con mi LLC cuando fallezca? ¿Cómo se hereda una LLC?
En el caso de las LLC, lo que sucede con la empresa después de la muerte de su dueño, depende de:
- Si es que ya existe un acuerdo operativo para tu LLC
- Si se trata una empresa de un solo propietario o de varios miembros
En este artículo veremos cada uno de estos casos, no sin antes explicar qué es un acuerdo operativo y por qué es tan importante para anticiparse a estas situaciones.
Comencemos.
¿Qué es un acuerdo operativo?
Un acuerdo operativo es muy importante en caso de fallecimiento de un dueño de LLC. Pero ¿Qué es exactamente?
Un acuerdo operativo es un documento que se elabora al fundar la empresa. En el mismo, los miembros acuerdan cómo la van a administrar. Detallan, por ejemplo, el porcentaje de propiedad de cada uno de los miembros, información sobre la administración, los protocolos a seguir en determinadas eventualidades, etc.
El objetivo de un acuerdo operativo es pactar consensos para anticiparse a ciertas situaciones, previniendo futuras disputas. En ese sentido, un acuerdo operativo puede contener protocolos para actuar frente a cualquier situación posible. Por ejemplo:
- Cómo incorporar un nuevo miembro o desvincular a alguien de la empresa
- Cómo distribuir las ganancias entre los miembros de la empresa
- Cómo transferir los intereses de un miembro de la empresa a otro
- Qué hacer en caso de disolución de la empresa
- De qué manera deben plantearse y resolverse los conflictos laborales en caso de haberlos
- Qué hacer en caso de fallecimiento o abandono de la empresa de alguno de los miembros
- Cómo realizar la sucesión de la propiedad de la empresa en caso de muerte de uno de los miembros
En caso de no firmar un acuerdo operativo, para resolver un conflicto dentro de la empresa los miembros deben recurrir a la legislación del estado donde está radicada la misma.
Cada estado, dentro de su LLCA (Limited Liability Company Act) tiene detallados los protocolos provisorios para la gestión interna de LLCs. Estos sólo tienen validez en la medida en que la empresa no tiene su propio acuerdo operativo firmado de antemano. El acuerdo, siempre que no infrinja la ley, tiene más peso legal que los protocolos del LLCA.
El acuerdo operativo es un documento bastante informal. Los únicos 5 estados que exigen un acuerdo operativo para crear una LLC son:
- California
- Maine
- Missouri
- Delaware
- Nueva York
Sin embargo, en la práctica, algunos de estos estados ni siquiera piden el acuerdo para proceder con la apertura de la empresa. Por eso, en general no se menciona como un paso obligatorio para abrir una LLC.
Aún así, y dado que redactarlo lleva poco tiempo y dinero, es altamente recomendable firmar uno. No importa si tu LLC lleva años de funcionamiento: nunca es tarde para redactar un acuerdo operativo. De esta forma, aunque haya situaciones desagradables o improbables en las que no quieras pensar todavía, tú y tus socios estarán mejor preparados para lidiar con ellas.
Para conocer qué es un acuerdo operativo en más detalle, visita nuestro artículo sobre el tema.
¿Cómo puede ayudar un acuerdo operativo en caso de morir el propietario de una LLC?
Como dijimos, en el acuerdo operativo se puede incluir toda la información que le parezca pertinente a los dueños. Por lo tanto, se puede aclarar qué hacer exactamente si uno de ellos muere. También es posible detallar si habrá sucesión familiar o si los derechos de propiedad pasarán a los miembros restantes de la LLC en caso de haberlos.
El acuerdo operativo es el primer documento que se consulta tras la muerte de un propietario de una LLC, sea esta unipersonal o multimiembro. Por eso, un acuerdo operativo bien hecho asegura una sucesión fácil y te protege ante los imprevistos.
La agencia que elijas para gestionar tu LLC debe ser capaz de asesorarte durante todo el recorrido de tu empresa. Desde la creación, incluyendo la redacción del acuerdo operativo, la manutención, e incluso su eventual disolución o sucesión.
¿Tu LLC es unipersonal o multi-miembro?
En Estados Unidos, es posible abrir una LLC de un solo miembro o de varios. Dependiendo de la estructura que elijas, cambiarán, por ejemplo, el trato fiscal de la empresa, las obligaciones legales y más.
Lo que suceda con tu LLC en caso de fallecimiento del dueño (o de alguno de los dueños) dependerá en parte de la cantidad de miembros que tenga la empresa. Es decir, la situación será diferente dependiendo de si es una empresa:
- Unipersonal
- Multi-miembro
Veamos cada caso.
¿Qué sucede si fallece el propietario de una LLC unipersonal?
Luego de fallecer el único miembro de una LLC, pueden suceder dos cosas:
- Que alguien reclame la propiedad de la misma
- Que nadie reclame la propiedad ni notifique al estado del fallecimiento
En el primer caso, si alguien reclama la propiedad de la LLC, el primer documento que se consultará para saber a quién pertenece la misma o qué corresponde hacer es el acuerdo operativo.
En caso de no haber un acuerdo operativo, se consultará:
- El testamento del propietario fallecido, en caso de haberlo.
- La legislación del estado donde está radicada la LLC.
Ahora bien, ¿qué pasa si la LLC queda “abandonada” tras la muerte de su dueño, y nadie la reclama?
Si nadie se hace cargo de seguir cumpliendo con los trámites de mantenimiento de la LLC, lo más probable es que sea disuelta tarde o temprano. En la mayoría de estados, dejar de cumplir con estas obligaciones pasado un límite de tiempo lleva a la disolución automática de la empresa.
En resumen, ya sea que la LLC sea reclamada o abandonada, tras la muerte de un propietario único sin testamento ni acuerdo operativo, la legislación que rige es aquella detallada en el LLCA (Limited Liability Company Act) del estado donde está radicada la LLC en cuestión.
Conoce más sobre cómo disolver o cerrar una LLC en este artículo.
¿Qué sucede si fallece uno de los propietarios de una LLC multi-miembro?
En el caso de las LLCs de varios miembros, el procedimiento es similar al anterior. La principal diferencia es que prácticamente no hay chances de que la LLC sea abandonada.
Si la LLC tiene un acuerdo operativo detallando cómo gestionar el traspaso de propiedad en caso de fallecimiento, se procederá según lo que indica el mismo.
Si no hay un acuerdo operativo para consultar, hay dos posibles resoluciones:
- Se consulta si el miembro fallecido tenía un testamento donde se aclarase la gestión de su herencia.
- El estado donde está radicada la LLC dictamina quiénes son los herederos.
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Como ya vimos, el Acuerdo Operativo es la herramienta clave para garantizar ese derecho. Sin embargo, para que realmente cumpla su función, la redacción debe ser impecable.
En Firmaway entendemos la importancia de este documento. Por eso, además de asesorar a los emprendedores latinoamericanos y españoles con los trámites obligatorios para abrir su LLC, también incluímos en nuestros paquetes de servicios la confección de un acuerdo operativo profesional. De esta forma, tienes un punto de partida para preparar a tu LLC para cualquier escenario y concentrarte en lo importante: hacer crecer tu negocio.
Como ya mencionamos, puedes redactar un acuerdo operativo incluso si ya tienes una LLC en operación. Con nuestro servicio de mantenimiento anual no sólo garantizas que tu LLC cumpla con todas sus obligaciones, evitando multas y problemas con el IRS. También puedes solicitar asistencia en la confección del acuerdo operativo para ajustarlo a la realidad actual de tu empresa.
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